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LEGALIDAD

       Gonzalo López · López i Ferrer Asesores, S.L.
       Contrato de arrendamiento


       Las  6  cláusulas nulas más comunes y
       perjudiciales para el inquilino


         n los procesos de arrendamiento de   pacho, os recuerda que, aun así, para que   ❺ Recaída y carga del deber de conser-
       Eviviendas es común que los inquilinos   un alquiler sea considerado de temporada   vación de la vivienda en el inquilino
       obtengan un modelo de contrato genéri-  tiene que haber una causa que justifique
       co, descargado de internet o facilitado por   esa temporalidad, como el trabajo, un tras-  El Propietario está obligado a hacer las
       algún conocido. Es importante adaptarlo a   lado temporal, estudios, etc., así como un   obras necesarias para conservar la vivien-
       las necesidades de cada uno y asegurarse   domicilio permanente del inquilino distinto   da tal y como se establece en el artículo
       de que no contenga cláusulas abusivas y,   a la vivienda que alquila.  21.1 de la LAU. No obstante, se señala que la
       por tanto, nulas.                                         interpretación de las cláusulas de obras es
                                    ❷ Negativa a la prórroga legal
       López i Ferrer Assessors, recuerda que                    muy delicada, con lo que lo mejor es acudir
       son nulas aquellas cláusulas que limitan   Otra cláusula que suelen incluir los Arren-  a un PROFESIONAL para informarse.
       los derechos del inquilino contemplados   dadores es la que establece que el contra-  ❻ Acceso del Arrendador a la vivienda
       en la Ley de Arrendamientos Urbanos   to sólo puede durar un año sin dar posibi-
       (LAU).  Pero,  ojo,  no  todas  las  cláusulas   lidad de prórroga legal de hasta tres años.   Otra de las cláusulas abusivas frecuentes
       que perjudican al inquilino son nulas, sólo   Esto es contrario al artículo 9.1 de la LAU,   en los contratos es la de determinar que
       aquellas que cercenen los derechos del   que establece la prórroga de tres años   el Arrendador puede visitar la casa cuando
       Arrendatario.                como derecho para el inquilino, pero como   quiera para comprobar el estado de la mis-
                                    obligación para el Propietario.  ma. Sin embargo, esta cláusula sería nula
       Las cláusulas nulas más frecuentes en
       los contratos de arrendamientos son las   ❸ Penalización si el inquilino no perma-  por ir contra la inviolabilidad del domicilio
       siguientes:                    nece un año                establecida en el artículo 18.2 de la Consti-
                                                                 tución española. De este modo, el inquilino
       ❶ Falsos arrendamientos de temporada  Otra cláusula abusiva es establecer que el   puede negarse a que el propietario entre
                                    primer año es obligatorio para el Arrenda-  en la casa, cuando este lo desee.
       Algunos Propietarios recurren a firmar al-  tario y en caso de no cumplirse se fija una
       quileres de 11 meses de duración y evitar   determinada penalización. Sin embargo, la   ¿Qué pasa si el contrato de alquiler
       el año para que no se puede aplicar al con-  LAU señala en el artículo 11 que el inquilino   tiene cláusulas abusivas?
       trato la LAU, con lo que consiguen que el   tiene derecho a dar por finalizado el con-
       contrato sea de temporada. El objetivo es   trato pasados los seis primeros meses y la   Sólo un juez puede dictaminar si una cláu-
       que el inquilino no tenga derecho a estar   penalización, si la hay, estará limitada a lo   sula es nula, con lo que en caso de que el
       hasta 3 años en la vivienda. Nuestro des-  que establece la ley.  contrato contenga disposiciones abusivas,
                                                                 lo aconsejable es acudir a la vía judicial.
                                    ❹ Pago por adelantado de la renta  En caso de que se haya incluido alguna
                                    La LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos),   cláusula dañina para el inquilino, esta no
                                    no permite el pago por adelantado de más   invalida  todo el  contrato de  alquiler, sólo
                                    de una mensualidad de renta. Nosotros ha-  las regulaciones que puedan llegar a ser
                                    cemos hace hincapié en que el Arrendador   consideradas nulas por los tribunales. Pero
                                    no puede obligar por contrato al inquilino   por todo lo expuesto, lo mejor es dejar en
                                    a pagarle por adelantado 2 ó 3 meses de   manos de un PROFESIONAL la redacción
                                    renta y que el incumplimiento nunca podrá   del contrato y así evitar situaciones abusi-
                                    desembocar en un desahucio.  vas por parte de los Arrendadores.















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