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La otra parte de la deuda que esté sin pa- Transcurridos los 5 años, si ha cumplido el
gar, más las sanciones, los intereses y los plan, o si no lo ha cumplido, pero al menos
recargos, serán exonerados por el Juez. destinó a éste, la mitad de sus ingresos no
inembargables, o la cuarta parte de éstos
¿Recuperaré el crédito?
si se encuentra usted en riesgo de exclu-
Dispondrá usted de un Auto Judicial donde sión o de especial vulnerabilidad, el Juez
un Juez, acordará concederle a usted el le concederá la exoneración definitiva de
beneficio de exoneración del pasivo insa- todas sus deudas, incluidos los créditos
tisfecho, con carácter definitivo, respecto contra la masa y los créditos con entida-
a todos sus créditos, inclusive respecto de des públicas.
aquellos que no hayan sido expresamente
comunicados. ¿No puedo hacer frente a todas mis
deudas, pero sí que puedo pagar la hi-
Ese Auto, le facultará a usted para ejercer
su derecho y exigir la cancelación inme- poteca de mi casa, podré conservarla o
deberé liquidarla?
diata de cualquier inscripción en la que
pueda usted aparecer, en algún fichero de Depende. y en riesgo de exclusión (RD 6/2012 alqui-
impagos o morosos (EXPERIAN-BADEX- ler dos años en caso de dación en pago,
CUG, EXPERIAN-CIREX, ASNEF-EQUIFAX, o Si el valor de mercado de la vivienda es RD 1/2013 moratoria lanzamiento, RD
cualquier otro) puesto que ya no deberá 27/2012 fondo social de viviendas, etc..),
usted nada a nadie. superior a la deuda hipotecaria, muy pro- seguirá teniendo derecho a dicha protec-
bablemente deba liquidarla para pagar la
Recuperará usted su crédito, pudiendo deuda hipotecaria y aplicar el exceso ob- ción si se produce la dación en pago de
comenzar una nueva vida, recuperarse tenido, para pagar al resto de acreedores. su vivienda dentro del procedimiento de
patrimonialmente y volver a vivir en una acuerdo extrajudicial o en el concursal. El
situación de normalidad social, sin sufrir Si el valor de mercado de la vivienda es administrador concursal deberá solicitar
embargos, ni persecuciones, ni amenazas inferior a la deuda hipotecaria, se encuen- la concesión de dichas medidas al juez.
por parte de sus acreedores. tra al corriente de pago de la hipoteca y
le interesa conservar la vivienda, muy ¿Tendré que ir a algún tipo de juicio?
¿Debo dinero a Hacienda o a la Segu-
ridad Social y no puedo pagarlo, puedo probablemente el Juez autorice excluir la No. Únicamente deberá asistir a la reunión
gozar del BEPI? vivienda habitual de la liquidación de los de acreedores que convocará el mediador
bienes y podrá conservarla mientras siga
Sí. Si no dispone de medios para pagar los pagando la hipoteca. concursal, probablemente en su despa-
créditos contra la masa (deudas poste- cho y a la que apenas suele acudir algún
riores a la declaración del concurso) o los ¿Si debo entregar mi vivienda para la acreedor.
créditos privilegiados (50% de las deudas dación en pago del préstamo hipoteca-
con entidades públicas), podrá obtener rio, deberé desalojarla de inmediato? Normalmente, salvo que el mediador lo
la remisión de las deudas siempre que solicite, no se requerirá su asistencia a
acepte someterse a un plan de pagos para No, si es usted candidato a gozar de los ningún otro acto. Todo el procedimiento es
cancelar esas deudas en un plazo máximo diferentes tipos de protección que brin- escrito y lo tramita el mediador concursal
de 5 años. dan las leyes a los deudores hipotecarios con nuestra asistencia.
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