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LEGALIDAD

       Gonzalo López · López i Ferrer Asesores, S.L.
          Sanciones alquiler


          nueva Ley Catalana


       Cataluña multará de entre 3.000 a 90.000.-Euros a los Propietarios
       que alquilen una vivienda un 20% por encima de lo establecido.
       Ya entró en vigor la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos,
       pendiente de recurso presentado ante los tribunales.
          partir de la entrada en vigor de la   Tampoco se podrá aumentar el precio   rar su mercado de arrendamientos en
       A  Ley, los alquileres que se firmen en   por encima del índice en el caso de   "TENSO". La Generalitat, los ayunta-
       Cataluña, tanto los contratos nuevos   los inmuebles que en los últimos cinco   mientos, consejos comarcales o diputa-
       como los que se renueven, estarán su-  años  hayan estado alquilados  por  de-  ciones tienen potestad para promover
       jetos y regulados por la Generalitat. El   bajo del índice de referencia marcado,   la declaración de mercado inmobiliario
       Parlament aprobó hace unas semanas   precio al que obligatoriamente habrá   "TENSO", que tendrá una duración
       una ley de regulación de contratos de   que acogerse.     máxima de cinco años, prorrogables
       Arrendamiento para evitar que se dis-                     por otros cinco, y puede quedar sin
       pare el precio en unos 60 municipios   Aunque la Ley ya entró en vigor, su   efecto si desapareciera la situación in-
       catalanes en los que se considera que   aplicación final está sujeta a los recur-  mobiliaria que lo provocó.
       existe un mercado de alquileres "TEN-  sos de inconstitucionalidad que puedan
       SO", es decir, en los últimos cinco años   presentarse en contra, después de que   Los Ayuntamientos tendrán la potestad
       su valor ha crecido tres puntos por enci-  el Consejo de Garantías Estatutarias es-  de poder flexibilizar la norma y adaptar-
       ma del IPC o que supere el 30% de los   timara que podría vulnerar varios pre-  la a las necesidades de cada Municipio,
       ingresos habituales de cada casa.   ceptos de la Constitución.
                                                                 con lo que podrán minorar o incremen-
       La nueva norma también tiene previstas   La ley prevé una excepción para los   tar el precio del índice de referencia en
       multas de entre 3.000 a 90.000 euros a   propietarios que acrediten ingresos   un 5% y excluir a las viviendas con más
       quien incumpla por alquilar el inmueble   inferiores  a  2,5  veces  el  indicador  de   de 150 metros cuadrados. Los límites al
       por encima de lo que ha establecido la   renta de suficiencia de Cataluña (IRSC),   precio de alquileres se aplicarán en cua-
       Agencia de la Vivienda de Cataluña por   establecido en 1.422,80 euros, quienes   tro capitales de provincia catalanas, así
       metro cuadrado y por falsear el pre-  sí podrían mantener el precio del alqui-  como en otros 54 Municipios catalanes,
       cio de referencia o un contrato o si el   ler antiguo o subirlo hasta el índice de   de forma inmediata, sin esperar al mí-
       propietario oculta información sobre la   referencia. Esa excepción, no obstante,   nimo de nueve meses que se demoran
       renta anterior. En concreto, los propie-  no sería aplicable en el caso de que la   los trámites administrativos necesarios
       tarios no podrán poner el alquiler por   unidad familiar de los inquilinos tuviera   para declarar una zona como mercado
       encima de la regulación y si se supera   unos ingresos inferiores a 1.991 euros,   "TENSO".
       un 20% ya se considera una infracción   es decir 3,5 veces el (IRSC).
       grave.
                                    En el caso de que la falta de vivienda
       Los criterios para fijar el precio de los al-  esté concentrada en determinados ba-
       quileres en zonas con un mercado ten-  rrios o distritos, la limitación de precios
       so sólo tienen efectos en contratos para   podrá aplicarse en esa zona sin que
       viviendas habituales, no modifica las   afecte al resto del Municipio. Para que
       condiciones vigentes ni tampoco tienen   un Municipio o barrio pueda aplicar la
       implicación las segundas residencias.   limitación de alquileres se debe decla-















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