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· EL PERDÓN DE LAS DEUDAS ·

                   LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD

                            (Ley 25/2015, de 28 de julio)


       ¿Qué es?                     2ª fase: Concurso consecutivo.
       Es  un  mecanismo  legal  de  ayuda  a  las   Si no se llega a un acuerdo con los acree-
       personas que se ven desbordadas por las   dores, se solicitará al Juez la declaración
       deudas.                      de concurso consecutivo. Consiste en
                                    la liquidación del patrimonio que pueda
       ¿Quién puede beneficiarse de esta Ley?  tener el deudor para pagar con ello a los
       Cualquier persona que resida en España   acreedores hasta donde alcance.  Si no
       y que tenga dificultades para cumplir con   dispone de patrimonio el concurso finaliza
       sus obligaciones de pago. Sea empresaria   automáticamente.
       o no.                        ¿Qué ocurre con las deudas?
       ¿Quién NO puede beneficiarse de esta   Las deudas que no se hayan podido pagar
       Ley?                         con la liquidación, serán exoneradas por
       Quién haya sido condenado en sentencia   el Juez y el deudor quedará libre de todas
       firme por delitos socioeconómicos en los   sus deudas. No deberá nada a nadie.  ciones Públicas).
       10 años anteriores.          ¿Qué condiciones hay que cumplir para   ¿Desaparecen todas las deudas?
       Quien hubiera sido declarado en concurso   que el Juez me exonere de mis deudas?
       de acreedores, hubiera alcanzado o esté   Para  gozar  del  Beneficio  de  Exoneración   Sí. Desaparecen todas las deudas que no
       negociando un acuerdo de refinanciación   del Pasivo Insatisfecho (BEPI), es preciso   se han podido pagar con la liquidación:
       o un acuerdo extrajudicial de pagos con   cumplir las siguientes condiciones:  préstamos bancarios, mini créditos, hipo-
       sus acreedores en los 5 años anteriores.                  tecas, tarjetas de crédito, créditos para
                                    ❶ Que el concurso no sea declarado cul-  consumo, facturas de teléfono, electrici-
       Quien tenga unas deudas superiores a 5   pable. (Para que fuera culpable debe-  dad, agua, gas, gastos comunitarios, deu-
       millones de euros.             ría existir dolo o culpa grave, lo cual es   das con particulares o cualquier otro tipo
                                      muy difícil que ocurra)
       ¿En qué consiste?                                         de deuda.
                                    ❷ Que el deudor no haya sido condenado
       Se trata de un procedimiento relativa-                    Pero  hay  que  tener  en  cuenta  que  para
       mente sencillo y rápido. Normalmente   en sentencia firme por delitos socioe-  ello, previamente:
       consta de dos fases:           conómicos en los 10 años anteriores.
                                      (Hay  que  aportar  un  certificado  de
       1ª fase: Acuerdo extrajudicial de pagos.  penales para acreditar esta condición   -Si existe hipoteca, tendrá que haber
                                      antes de iniciar el proceso).  realizado la dación en pago del inmueble
       Se intenta llegar a un acuerdo con los                    durante la fase de liquidación.
       acreedores en función de la posibilidad   ❸ Que el deudor haya intentado un Acuer-
       real de pago que tiene el deudor. Los in-  do Extrajudicial de Pagos. (Es la 1ª fase   Si ya se había ejecutado la hipoteca y aún
       gresos, se  destinan prioritariamente a   del procedimiento, que se cumple   debía una cantidad porque la deuda supe-
       cubrir sus necesidades y las de su familia.   siempre).   raba al valor de adjudicación, esa deuda
       En función de la capacidad económica, se                  desaparecerá junto con todas las demás.
       propondrá a los acreedores la dación en   ❹ Que el deudor haya pagado las deudas
       pago del piso, la devolución del coche,   generadas a partir del inicio del ex-  -Si  debe  a  entidades  públicas:  Hacienda,
       una reducción de las deudas, o cualquier   pediente (créditos contra la masa) y   Ayuntamiento o Seguridad Social, deberá
       otra medida que sea necesaria, así como   pagado o cancelado, los créditos pri-  haber pagado la parte de la deuda que
       la cantidad mensual y el plazo durante el   vilegiados (préstamos hipotecarios y   goza de privilegio. Esa cantidad es la mitad
       cual se pagará la deuda restante.   el 50% de las deudas con Administra-  del principal de la deuda.















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